martes, 17 de agosto de 2010

Peatones y pasos de cebra

Después de haber estado un largo tiempo en silencio (por falta de tiempo y motivación básicamente) vuelvo a la carga con nuevos comentarios sobre el tráfico rodado. En esta ocasión me apetece hablar de los pasos de cebra, o pasos de peatones, que todo el mundo conoce pero que muy poca gente respeta. Y no me refiero sólo a conductores, sino también a peatones.

España es el país europeo con más atropellos mortales
En el 2008 se hizo un estudio entre 10 países europeos (Bélgica, España, Austria, Italia, Finlandia, Alemania, Suiza, Reino Unido, Países Bajos y Noruega) y nuestro país es el que mayor tasa de mortalidad mostraba. Con las cifras del 2005 y por cada millón de habitantes, en España perecieron 15,7 transeúntes, le siguen Italia y Gran Bretaña con 11,5 y cierra la lista Países Bajos con 4,6. Pero el estudio arroja además, que en nuestro país el 91,5% de los atropellos se produjeron fuera de los pasos de peatones, mientras que la media Europea es del 77%. Pincha aquí para ver el estudio.

Los motivos por los que nuestro país está a la cabeza en esta materia son objeto de estudio y reflexión, pues no se trata de una mera casualidad. Algunas ideas apuntan al diseño inadecuado de los pasos de peatones, que carecen de la visibilidad idónea, por ejemplo, o que se encuentran muy distantes unos de otros lo que invita a los transeúntes a cruzar por cualquier sitio no apto para ello.

El problema radica en la educación y la concienciación
Yo personalmente, creo el problema radica en un poco de todo, pero básicamente, educación y concienciación en la materia. Tanto conductores como transeúntes pueden hacer un esfuerzo mutuo de convivencia y respeto que seguro redundará en menos accidentes.

Por un lado, los conductores deben sentir la responsabilidad de detener su vehículo cuando se aproximan a un paso de cebra y un peatón está en disposición de cruzar. Si detenerse no supone un riesgo para otros vehículos, hay que hacerlo, porque lo dice el Reglamento de Circulación, por educación y por el bien de todos.

De la misma forma, el transeúnte no debe tirarse literalmente al paso de peatones según llega (como hace mucha gente) obligando al conductor a frenar y en ocasiones bruscamente. Por mucha razón que tenga el peatón, el conductor puede no haberle visto o creer que si acelera puede pasar sin molestar al peatón (aunque no se deba hacer) o incluso creer que es demasiado tarde para frenar. En estos casos, si algo falla el perjudicado es siempre el transeúnte, así que es él quien debe extremar la precaución por la cuenta que le tiene.

Además, cuando se está cruzando el paso de peatones hay que estar siempre atento a los coches que se acercan comprobando que finalmente se detienen y que lo hacen en condiciones de seguridad. Incluso cuando ya se hayan detenido los primeros vehículos, hay que seguir comprobando que los que vienen también se detengan (por si se produce una colisión por alcance). Resumiendo, mientras se cruza el paso de peatones no hay que dejar de mirar a los coches por si las condiciones de seguridad desaparecen.

Igualmente, observo que muchos peatones se sitúan en los pasos de cebra regulados con semáforos y lo hacen muy cerca de la calzada o incluso con algún pie dentro de ella sin prestar atención a la circulación. Esperan mientras están contemplando los edificios, el móvil o simplemente distraídos. Creo que esto es muy peligroso para ellos, porque si un conductor se acerca más de la cuenta a la acera por despiste, distracción o porque tiene que esquivar otro vehículo, el peatón distraído no estará en condiciones de esquivarlo y será golpeado o atropellado. Mención especial (o demencial) tienen las mamás que dejan el cochecito de bebés pegado a la carretera mientras esperan a que el semáforo les de la prioridad. ¡Me da pánico!.

Otra circunstancia peligrosa que veo muchos días, es cuando un vehículo, furgoneta o camión de reparto está estacionado delante de un paso de peatones. En estos casos, si un peatón se dispone a cruzar, éste no puede ver si se aproxima un coche porque el vehículo estacionado le obstruye la visión. Por el mismo motivo, el conductor del coche que se aproxima tampoco puede ver si un peatón está cruzando, con el consiguiente peligro de atropello. En estos casos, ambos, conductor y peatón, deben extremar la precaución y suponer que detrás del vehículo obstructor puede haber un riesgo. El conducto debe aminorar la velocidad y el peatón sacar la cabeza con sumo cuidado para mirar antes de cruzar. En este caso, el cochecito del bebé jamás debe asomar primero, obviamente.

Yo, por lo menos, siempre que cruzo miro bien y no dejo de mirar durante mi estancia en la calzada, y si espero prioridad de paso en el semáforo, me retiro un par de pasos por si un vehículo pasa peligrosamente cerca. Y si voy conduciendo, siempre que puedo detengo el vehículo para dejar pasar. Y por supuesto, le voy inculcando estas ideas a mis hijos.

Un abrazo a todos.

lunes, 28 de septiembre de 2009

Conocer tu ubicación espacial en todo momento

¿Quién no ha ido conduciéndo por un carril y al rebasar a otro vehículo éste se ha desplazado invadiendo el carril por el que vas circulando tú? Creo que esto nos ha pasado a todos, y el problema está en que el conductor del vehículo que hace dicha maniobra no conoce su ubicación espacial en la carretera.

La ubicación espacial es el lugar que ocupa un vehículo en la carretera con respecto a los demás (lo que está en negrita es lo realmente importante). ¿Y qué quiere decir esto? Pues que un conductor no circula solo, que circula con otros a su alrededor y que del conocimiento que tenga de estos y su posición depende la seguridad de todos.

Cuando yo circulo, por ejemplo, siempre tengo claro qué tengo por delante, detrás y los lados. Y no solo me fijo en que tengo algo, si no también en algo que lo caracterice. Por ejemplo, llevo detrás una furgoneta, o un coche rojo, o una moto, o un trailer, un flipao haciendo el moña con un deportivo amarillo.. etc. Esto me vale porque cada pocos segundos hay que ir comprobando cómo evoluciona esa ubicación espacial comparando la situación actual con la anterior. Si seguimos con el ejemplo: vuelvo a mirar y ya no está el flipado del deportivo amarillo. En esta situación, mucho ojo porque puede estar adelantando por la derecha o por la izquierda, así que hay que comprobar nuestro espejos y nuestros ángulos muertos. De esta forma, aunque miremos y no veamos obstáculos para cambiar de carril, al no ver el deportivo amarillo debemos sospechar que está a nuestro lado y no lo estamos viendo.

Para poder cambiarse de carril con total seguridad hay que tener muy claro que no obstaculizamos ni entorpecemos a ningún vehículo, y para ello, debemos conocer en todo momento nuestra ubicación espacial. Si en algún momento se nos "pierde" un vehículo entonces es mejor no moverse hasta comprobar dónde está o por qué lado viene.

Ni que decir tiene que para tener clara nuestra ubicación espacial es necesario comprobar constantemente nuestros espejos, los tres. Yo con esta actitud no tengo problemas para conocer en todo momento si puedo o no moverme de carril y hasta la fecha me ha ido bien.

Un abrazo a todos/as.

La pintura de la señalización vial = patinaje sobre hielo

Ya de adolescente me di cuenta que la pintura que se usa para marcar las señales viales horizontales era muy peligrosa por resbaladiza. Entonces, me dedicaba al ciclismo de carretera y en los días lluviosos o si había agua en la carretera, los pasos de cebra se convertían en pistas de patinaje sobre hielo. Cuántas etapas de ciclismo profesional han visto grandes "montoneras" por culpa de la dichosa pintura del pavimento.

Desde que dejé el ciclismo (hace ya muchos años) no había vuelto a vérmelas con la famosa pintura de señalización vial, hasta que desde hace unos meses me compré una moto. La sensación es realmente de peligro incluso en seco. Vas por ciudad y tomas una curva y de repente te fijas en que hay un paso de cebra o de que hay una enorme flecha pintada de blanquito delante ti. Pues bien, aún a pesar de que trato de enderezar la moto y no tocar ni el freno ni el acelerador, en muchas ocasiones noto como se me desliza la moto al pisar la dichosa pintura. Es más, incluso me ha pasado que parado en un semaforo he sacado el pié y al apoyarlo se me ha deslizado y por muy poco no he besado el suelo. Y todo esto en seco. Así que en mojado eso debe ser como una pista de patinaje sobre hielo.

Está claro que caerse a 40 km/h no parece constituir un accedente mortal, ni siquiera grave (y quizá por eso no importe le importe demasiado a las autoridades), pero sí que un vehículo te atropelle después de irte al suelo, o que en un paso de cebra no puedas frenar y atropelles a algún transeúnte.

La pintura vial es un peligro público que juega en contra de los usuarios de 2 ruedas, y dado que en ciudad toda la via está pintada por líneas divisorias de carril, flechas, cedas, pasos de cebra, STOPs... etc, se hace muy urgente que las autoridades sustituyan dicha pintura por alguna que incluya componentes antideslizantes.

¡¡ Pintura antideslizante, ya !!

domingo, 13 de septiembre de 2009

El karting y la seguridad vial

El karting es un deporte poco arraigado en nuestro país aunque poco a poco va dándose a conocer. Son cada vez más lo que se acercan a una pista de karting a divertirse, e incluso, se está imponiendo como uno de los eventos empresariales más atractivos para los trabajadores y para los clientes. Aquí os dejo un enlace de un club que organiza eventos para empresas.

¿Y qué tiene que ver el karting con la seguridad vial? Pues de eso va este post: tiene mucho que ver. Practicar el karting te permite experimentar un tipo de conducción que no deberíamos hacer en carretera abierta por razones obvias. Por tanto, se convierte en el medio ideal para que todo aquel que sienta ganas de demostrar lo habilidoso que es al volante, lo pueda hacer con total seguridad y midiéndose con otros igual de habilidosos de él, y de paso, dejar la carretera para los desplazamientos y no para la competición. Esto aporta seguridad al sujeto en cuestión pero también a los demás usuarios ya que tienen un temerario menos entre ellos.

Pero no solo vale para eso. Desde un punto de vista educativo nos permitiría experimentar con las fuerzas inerciales de la física, aprender cómo se comporta un vehículo cuándo es llevado al límite, aprender técnicas de trazado de curvas, técnicas de frenado (lo que pasa cuando trazas una curva y frenas, por ejemplo), técnicas de adelantamiento, control de la dirección, mejorar los reflejos, la coordinación cerebro-manos-pies… etc. En definitiva, nos permite aprender a conducir mejor, a estar más seguros cuando salimos a la carretera y estar más capacitados para salir airosos de una situación complicada. Y todo esto con diversión garantizada.

Y si esto te parece mucho, imagínate los beneficios que obtendríamos si nuestros pequeños acudieran al karting asiduamente. Por fortuna, para conducir un kart no tienes que tener 18 años, por tanto, niños de 4 o 5 años en adelante pueden ir al karting a divertirse. Esos chavales, cuando tengan 18 y se apunten a la autoescuela tendrán un dominio perfecto del vehículo. Únicamente deberán aprender el código de circulación y a circular (que no a conducir).

Como estoy seguro de lo que digo, propongo que desde el Ministerio de Educación y la DGT se fomente que los niños hagan alguna excursión a alguna pista de karting cercana donde tengan reservada la pista en exclusiva para ellos (me consta que algunos colegios privados ya lo hacen), y/o que los cumpleaños de los niños, que ahora se hace en pizzerias, burgers, etc. se hicieran yendo al karting (y de paso comen menos comida basura). Esto acercaría este deporte-diversión a los niños, a los profesores y a los padres, y puestos a ver el lado bueno, fomentaría la cantera de futuras promesas del karting, futuros Fernando Alonso y compañía.

Por tanto, estoy seguro de que acudir de vez en cuando al karting es bueno tanto para los mayores (conductores actuales) como para los niños, ya que les capacitaría, mientras se divierten, a ser futuros buenos conductores. Es una inversión de futuro que no podemos dejar escapar.

Un abrazo a todos y todas.

----------------------------

Información adicional: algunos links de las pistas de karting en Madrid y alrededores:

martes, 8 de septiembre de 2009

Trafico estudia elevar el límite de velocidad a 140 km/h

Después de leer esta noticia en expansión me he quedado helado. Ahora resulta que el Ministerio de Fomento con su responsable, Pepe Blanco, a la cabeza, quiere aumentar el límite de velocidad en las autopistas de peaje a 140 km/h. En plena vorágine institucional por limitar la velocidad en nuestras carreteras como receta mágica para reducir el número de muertes, Fomento se saca este conejo de la chistera. De momento es solo una intención y están estudianto el asunto, pero parece que cuenta con las reticencias de la DGT.

Que quede claro que aumentar en 20 km/h el límite de velocidad me parece muy bien, es más, me parece escaso para este tipo de vías que son anchas, seguras, bien asfaltadas y están en un estado de conservación perfecto. Ahora bien, esto demuestra la falta de unidad de criterio de nuestros gobernantes que se comportan de manera contradictoria.

La DGT dice en su nota de prensa de la Campaña de vigilancia de la velocidad:
Según el estudio Nilsson (Power Model) sobre velocidad, una reducción del 5% en la velocidad media supone una reducción aproximada del 20% de los accidentes mortales y del 10% de los accidentes con heridos.
O sea, que en base a este estudio nos quieren controlar para que no pasemos ni 1 km/h por encima de 120, no vaya a ser que nos matemos todos en la carretera, pero luego nos van a dejar morir en las de peaje como si fueramos conejos en una jornada de cacería... ¡patético!.

Al final es la misma historia de siempre: circular a 140 km/h es la velocidad media real que tenemos muchos conductores y no nos matamos por ello. Poner radares a multar a partir de 121 km/h es una burda medida recaudatoria y no un mecanismo para evitar accidentes como nos quieren vender. Y Pepiño lo sabe. Por eso quiere darnos permiso para "correr" pero pagando.

Si la propuesta prospera lo que va a ocurrir es que muchos conductores van a usar las autopistas de peaje más a menudo dado que se puede ir más rápido sin inclumplir las normas, y esto va a mejorar los ingresos de las empresas concesionarias, y mermar el bosillos de sus usuarios.

La parte positiva es que los vehículos que circulen por ellas lo harán a velocidades altas pero semejantes, lo cual es muy bueno para evitar colisiones por alcances (hay que tener en cuenta que lo peor que podemos tener son vehículos circulando a velocidades muy dispares por la misma vía). Asímismo, las autovías públicas estarán menos concurridas y transitadas por vehículos más lentos (camiones, furgonetas, caravanas, remolques...etc). Pero para que esto fuera una realidad, las autopistas de peaje deberían extenderse a toda la península, de forma que replicaran el trayecto de una autovía normal y siempre pudiéramos escoger.

Desde estas líneas quiero animar a Fomento a que aumente el límite en todas las autovías nacionales, sean o no de peaje, y a que revise toda la señalización vial para hacerla creíble y real.

Un abrazo a todos/as.

lunes, 7 de septiembre de 2009

Circular por el carril derecho

Este asunto me tiene especialmente consternado. En autovías con varios carriles para cada sentido existe un extraño fenómeno que consiste en circular por el carril de central o por el izquierdo, pero nunca, insisto, nunca, por el derecho. Así, que normalmente veo que el carril derecho se encuentra libre o con algún obstáculo más o menos lejano, mientras los demás carriles están concurridos.

El caso es que yo tenía entendido que se debía circular por el carril derecho y usar los demás para adelantar retornando al derecho en cuanto el o los obstáculos haya sido rebasados. Pero parece que no. Debo estar equivocado. ¿Será cierto que el carril derecho es para los lentos?

Para salir de mi (falsa) duda, he retomado el Reglamento General de la Circulación, que dice así:
Artículo 31. Utilización de los carriles, fuera de poblado, en calzadas con más de un carril para el mismo sentido de marcha.

El conductor de un automóvil o de un vehículo especial con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos circulará por la calzada y no por el arcén, salvo por razones de emergencia. Además, fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de marcha, circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga.

Artículo 32. Utilización de los carriles, fuera de poblado, en calzadas con tres o más carriles para el mismo sentido de marcha.

Cuando una de dichas calzadas tenga tres o más carriles en el sentido de su marcha, los conductores de camiones o furgones con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, los de vehículos especiales que no estén obligados a circular por el arcén y los de conjuntos de vehículos de más de siete metros de longitud circularán normalmente por el situado más a su derecha, y podrán utilizar el inmediato con igual condición y en las mismas circunstancias citadas en el artículo 31.

O sea, que se debe circular por la derecha pero si las circunstancias del tráfico lo aconsejan, se podrá circular por cualquier otro siempre que no se entorpezca la marcha de ningún otro vehículo. ¡Pues la hemos liado!. ¿Qué significa "cuando las circunstancias de tráfico o de la vía lo aconsejen"? A esta frase de agarran los miles de conductores de centro y de izquierdas que hay en nuestras carreteras para justificar su conducción. ¿Por qué no se aprenden lo de "a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga"? Y lo más importante, ¿por qué las normas de tráfico se dejan abiertas a las interpretaciones de los conductores en vez de marcar la norma de forma clara y concisa, sin posibilidad de error, confusión o ambages? ¿Acaso somos los conductores poco maduros para ir a 140 km/h en autovía pero mucho para intepretar cuándo las circuntancias aconsejan o dejan de aconsejar?

El caso es que muchos conductores entienden o que el carril de derecho es para los vehículos lentos, o que es muy peligroso porque se tienen que estar cambiando a su izquierda para facilitar la incorporación de otros vehículos. Y por una, otra, o ambas razones se circula por todos los lados menos por el que se debe, que es por el carril derecho.

He de decir que ultimamente estamos asistiendo a una camapaña de la DGT en la que recuerdan que se circule por la derecha. Y me parece muy bien, pero me parecería mucho mejor que las patrullas de tráfico (si es que existen y no son una invención) actúen, insten, y si es preciso detengan el vehículo e informen al conductor de que no circulan por el carril debido.

Mi opinión sobre este tema está clara, hay que circular por la derecha e irse cambiando cuando vayamos a adelantar o facilitar una incorporacion para volver a la derecha lo más pronto posible. Así, se hace la conducción más divertida, se está más atento y se evita que nos durmamos, y además, nos evita tener que estar pendientes de si alguno nos pide paso de forma "poco respetuosa". Hacedlo porque lo dice la Ley, hacedlo por vosotros y hacerlo por los demás.

Un abrazo a todos/as.

miércoles, 2 de septiembre de 2009

Hagamos un poco de historia...

Atendiendo a la curiosidad que me suscita conocer los orígenes de nuestro Código de la Circulación, me puse a investigar por Internet. En la web de la Dirección General de Tráfico (DGT) tienen toda la normativa aplicable, aunque resulta bastante farragoso buscar allí, sobre todo, para los profanos como yo en materia legal. Después de fisgonear y leer bastante obtengo información que prosigue.

El primer Código de la Circulación que tuvimos en España data del 26 de Septiembre de 1934. Es todo un documento histórico que podéis consultar aquí. Veréis que no se llamaba BOE sino Gaceta de Madrid y que fue el número 269. La introducción que se le hizo decía así:
El incesante progreso de la industria del automóvil, la importancia adquirida por el transporte de viajeros y mercancías y el mejoramiento de nuestras vías públicas a aumentado la circulación de un modo insospechado, y por hallarse atribuido el conocimiento de las expresadas materias a diversos ramos de la Administración pública, ésta ha dictado, por medio de distintos organismos, multitud de disposiciones que aparecen dispersas y faltas de la necesaria unidad de criterio, originando, con frecuencia, confusión y perturbación en los servicios, que es forzoso evitar.

Con tal designio, la Presidencia del Consejo de Ministros encomendó el 14 de Febrero último a una Comisión interministerial la misión de unificar en un Código de la Circulación, las normas aprovechables de la aludidas disposiciones, introduciendo las variantes que su tecnicismo en la materia y las enseñazas que la práctica aconsejasen, teniendo en cuenta al proceder a la codificación, principalmente, los preceptos de los Reglamentos de Circulación de vehículos con motor mecánico de 16 de Junio 1926 y el Reglamento de Circulación Urbana e Interurbana de 17 de Julio de 1928, recogiendo además, los acuerdos de los Convenios Internacionales de París de 24 de Abril de 1929 y de Ginebra de 30 de Marzo de 1931 sobre unificación de señales en las carreteras, ratificado el 18 de Marzo de 1933.

Leyendo esto nos damos cuenta que en España se dictó un Reglamento de Circulación de vehículos con motor mecánico en 1926 y un Reglamento de Circulación Urbana e Interurbana en 1928. Además, se llevaron a cabo conversaciones internacionales para adoptar medidas únicas y universales, expresadas en los Convenios Internacionales de París de 1929 y de Ginebra en 1931. Y ahondando un poco más, he podido leer en un fragmento de la Revista de Obras Públicas de 1926 que la primera normativa en España en materia de tráfico es de 1918. No está de más saber que el origen de las normas de tráfico que tenemos ahora pronto cumplirá un siglo.

De aquel Código de Ciruclación de 1934 todavía tenemos artículos en vigor. Sí, sí, no es broma. En la web de la DGT lo anuncian así: "Decreto de 25 de septiembre de 1934, aprobando el Código de la Circulación y sus Anexos. (Gaceta núm. 269, de 26 de septiembre). Únicamente quedan en vigor los siguientes artículos: 6, 7, 126, 127, 275, 279. III, 288, 290, 292, 292 bis, y 312."

En 1989, ya en plena democracia, se vio la necesidad de reformar el Código de la Circulación de 1934, y se aprobó la Ley 18/1989, de 25 de julio, de Bases sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial (texto íntegro). Esta Ley fijaba las bases y facultaba al gobierno para que en el plazo de un año desarrollase un texto articulado que regulara y concretara la norma. Este desarrollo del gobierno se concretó en el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (texto íntegro). Esta Ley se concretaría dos años más tarde en el Real Decreto 13/1992, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación (texto íntegro).

Después se harían bastante modificaciones: Real Decreto 1333/1994, de 20 de junio, y el Real Decreto 2282/1998, de 23 de octubre, que modificaría el Reglamento General de Circulación en materia de alcoholemia. Saldría la Ley 5/1997, de 24 de marzo, que modificaría el texto articulado, y el Real Decreto 116/1998, de 30 de enero, que adaptaría el Reglamento General de Circulación a dicha Ley refundiendo todas las modificaciones anteriores.

Ley 19/2001, 19 Diciembre, (texto íntegro) reformaría del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de manera produnda por lo que establecería que se modificara el Reglamento General de Circulación aprobado por el Real Decreto 13/1992. La modificación tendría que incorporar las modificaciones de la Ley 19/2001 y las anteriores, Real Decreto 116/1998, Real Decreto 1333/1994 y Real Decreto 2282/1998. Por tanto, se redactaría un nuevo reglamento en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo de 1990 (texto íntegro). Este Reglamento sería modificado años más tarde por el Real Decreto 965/2006, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre (texto íntegro).

Por tanto, y para concluir, el reglamento actualmente en vigor es el aprobado en el Real Decreto 1428/2003 con las modificaciones hechas en el Real Decreto 965/2006.

Espero que este minitrabajo de investigación sea de interés para algún curioso que ande "googleando" por la Red.

Un abrazo a todos/as.

Seguidores